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La jueza María Rosa Gutés Pascual, sustituta en el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Barcelona, ha concedido la adopción de un niño de dos años a la pareja de una lesbiana que ya tenía al menor en adopción “por imperativo legal” pese a considerar que “ya que Dios los creó hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con un padre y una madre, o con un buen padre y una buena madre, si se prefiere”.
Jueza de Barcelona, sobre una adopción por una lesbiana: “Dios los creó hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con padre y madre”
En el auto, y según publica El Periódico, la jueza se permite verter sus opiniones personales sobre la parentalidad, tales como que “cuando el padre ejerce sus funciones correctamente, máxime al tratarse de un varón, no puede suplirse ni equipararse con una segunda madre, por muy madre que sea”. “Podemos admitir que el menor contará a todos los efectos legales con una nueva figura materna (…) a pesar de que, en los planos afectivo, educativo y material, bastaría al menor una sola figura materna”, argumenta la jueza. Gutés aprovecha el capítulo de razonamientos jurídicos de la resolución, fechada el 23 de marzo, para criticar la ley catalana que en 2005 abrió la puerta a la adopción homoparental en Cataluña semanas antes de que a nivel estatal se aprobara la ley de matrimonio entre parejas del mismo sexo. De ella dice que “da simplemente por supuesto que el interés del menor puede satisfacerse igualmente con un padre y una madre, que con dos padres o con dos madres, cuando es como mínimo muy discutible”. “No se podrá negar que es bueno que (el niño) conozca directamente lo que es un modelo de padre y un modelo de madre”, añade el auto. Actualización (29/04/2011) Según publica este viernes El Periódico, el Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) ha abierto expediente de idoneidad a la jueza Gutés a instancias de la fiscalía superior de Cataluña, que considera que esta magistrada no reúne los requisitos para ejercer su función a la vista de las expresiones vertidas en el auto. El alto tribunal catalán solo ha podido incoar expediente administrativo (y no sancionador) porque María Rosa Gutés es magistrada sustituta y no de carrera (en este caso hubiera sido el Consejo General del Poder Judicial el competente). En el supuesto de que se determine algún tipo de actuación anómala, la jueza podría dejar de ejercer sus funciones. ¿Tras las huellas de Alabau y Calamita? El auto de Gutés Pascual nos retrotrae de nuevo a una época que parecía ya superada, en la que jueces y juezas se permitían anteponer sus valores personales, morales o religiosos, a la aplicación de las leyes aprobadas por el Parlamento. Casos de triste recuerdo, como el de la jueza Laura Alabau, que cuando se encontraba al frente del Registro Civil de Denia obstaculizó la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo y acusó al “aparato propagandístico del Gobierno” de perseguirla, o el de Fernando Ferrín Calamita, que en base a sus prejuicios homófobos intentó impedir la adopción de una menor solicitada por la esposa de su madre biológica. Laura Alabau fue mínimamente sancionada por sus palabras con una multa de 305 euros, que ni siquiera llegó a pagar: Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Supremo se la perdonaron. Sigue ejerciendo como jueza, en un destino distinto. Ferrín Calamita fue condenado por prevaricación. |